El Anteproyecto de Ley de Modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude establece limitaciones al uso de efectivo en determinadas transacciones económicas.
Así, se establecería una limitación, de carácter general, a los pagos en efectivo correspondientes a operaciones a partir de 2.500 euros.
No obstante, los pagos efectuados no estarían sometidos a dicha limitación en dos supuestos:
a) Cuando ninguno de los intervinientes en la operación actúe en calidad de empresario o profesional.
b) Cuando los pagos o ingresos sean realizados en entidades de crédito.
A efectos del cálculo de las cuantías señaladas en el apartado anterior, se sumarían los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.
La sanción consistiría en multa pecuniaria proporcional del 25% sobre la base de la sanción.
